LA CONCORDIA DE TOLEDO DEL S XIII

Historia de la protección real que se dispensó a los judíos de la diócesis de Toledo en contra de los decretos papales.


Entre el once y el trenta de noviembre de  1215, en Roma, el papa Inocencio III convocó el decimotercer concilio ecuméncio de la iglesia católica, conocido en la Historia como Cuarto Concilio Lateranense -de la iglesia de S Juan de Letrán- o, más comúnmente,  Letrán IV. En principio, el motivo era tratar temas de fe, pero en realidad se trataba de una cumbre política para tratar los intereses económicos de Francia y el Papado condenando las herejías de los cátaros y los valdenses. Y por supuesto, el tema de los judíos, que ya habían salido malparados en Letrán III y que, ahora, en Letrán IV, serían objeto de tres artículos: obligación de distinguirse de los demás portando un círculo rojo en la vestimenta, inahabilitación para cargos públicos y prohibición de retorno a la antigua fe a quien se hubiera convertido al cristianismo. Hay que señalar que los judíos, siervos del rey, también debían acatar el resto de dsiposiciones conciliares. Por ejemplo, se decretaba una nueva cruzada en Tierra Santa, y los beneficios espirituales de la misma se aplicarían no sólo a los guerreros sino a quien pagara los impuestos para sufragarla.

Al concilio acudieron 400 obispos y ochocientos representantes  de órdenes religiosas, además de embajadores de todo el orbe latino. Por el reino de Castilla asistió el arzobispo de Toledo, Rodrigo Jiménez de la Rada, primado de España en tiempos de Alfonso VIII y también ideólogo en 1212 del triunfo contra los almohades en la decisiva batalla de Las Navas de Tolosa. Luego será canciller de Fernando III.

Pero Castilla hizo caso omiso de las disposiciones conciliares. Tal es así que el nuevo papa, Honorio III, dos años después del fin del concilio tuvo que recordar al monarca que debían pagarse los diezmos y las diferencias en el vestir; y es más, en 1219, el mismo papa volvió a escribir a Jiménez de la Rada con el mismo asunto.

Calle de la judería de Sevilla

Fue entonces cuando Jiménez de la  Rada, con el apoyo de Fernando III, por supuesto, dispuso que todo judío varón -la mujer estaba exenta- pagara al año un sexto de áureo al arzobispo, pero que quedaban exentos todos de los diezmos estipulados en Letrán IV; asímismo quedaban exentas de diezmo las ventas de casas judías a cristianos, pero sí se pagaran diezmos si el que vendía era cristiano y el que compraba era judío.

Y esta protección al  judío castellano de principios del S XIII aún se vio ratificada el 23 de noviembre de 1246, cuando Fernando III reconquistó Sevilla y las comunidades musulmana y judía le entregaron las famosas llaves de la ciudad a la que se trasladaría la corte castellano-leonesa. Muchos judíos de Toledo repoblaron la ciudad. Fernando incluso en su sepulcro mandó grabar un texto en hebreo;  y su hijo, Alfonso X,  concedió a los hebreos cuatro mezquitas hispalenses para que las usaran como sinagogas, creando así la judería de Sevilla, hoy entre los barrios de Santa Cruz y S Bartolomé. Alfonso -según la Hª de los judíos de Graetz- tuvo por tesorero real a un judío llamado Meir de Malea (la Enciclopedia judía le hace almojarife de su padre Fernando III y al hijo de Meir, Don Zaq, tesorero de Alfonso) y a Yehudá ben Moshé Ha´Kohén, médico particular de Alfonso.