LA SUERTE DE LOS JUDÍOS DE SAGUNTO

O de cómo la judería valenciana -y en especial la saguntina- disfrutó de la derogación de una bula papal a manos del rey Alfonso El Mágnanimo.


Sagunto, que en sus inmemoriales principios  se llamaba Arse, fue una población ibera de los edetanos, –una ciudadela inexpugnable para los cartagineses al mando de Aníbal en el año 219 a.e.c. Tras ocho meses de retraso, los romanos auxiliaron a los  edetanos y dio comienzo la Segunda Guerra Púnica. Luego los romanos dieron el nombre de Saguntum a la ciudad y construyeron en ella un circo y un anfiteatro, así como un próspero puerto marítimo que todavía hoy arroja ánforas y  pecios varios.

Arco de la judería

De esta época son los registros más antiguos que se tienen sobre judíos en Sagunto: unos «defixio» -tablillas para maldiciones típicas de la cultura grecolatina que se enterraban o escondían para invocar a la venganza contra alguien. Se conservan en el Museo Histórico de Sagunto -en plena judería- y es lo que hace pensar que los judíos de Sagunto habrían llegado en el S I d.e.c. con la  la Destrucción del Templo de Jerusalén y la subsiguiente Diáspora de Roma.

No sabemos nada de la suerte de los judíos cuando tras la caída del Imperio de Occidente Sagunto es atacada y asolada por los pueblos germánicos, pero suponemos que vivirían bajo las mismas ambivalentes condiciones visigodas que los judíos de Toledo.

Los musulmanes tomaron la ciudad en 713 d.e.c. Y eso implica cambio de nombre. Morbyter. De donde en castellano, Murviedro. Morvedre en valenciano. Mur veteres, en latín, las antiguas murallas. En el S XI , con la disolución del Califato de Córdoba, o la creación de los Reinos de Taifas, pasa a depender de la tayfa de Balensya, que a fin de siglo re-conquista El Cid. El Campeador firmó un documento de capitulación estipulando que los judíos no podían comprar prisioneros de guerra musulmanes, no podían ejercer cargos con autoridad sobre musulmanes y que sería procesado quien los molestare. A lo largo del siguiente siglo muchas familias judías se trasladan a Zaragoza o a Barcelona.

Mikve de Sagunto

En 1239  Jaime I de Aragón reconquista Sagunto (y el resto de Valencia, después) En el LLibre del Repartiment se especifican las prebendas que tuvieron los judíos de esta época, de donde se infieren dos cosas: los judíos que había no se van y, además, vienen más de las juderías de Aragón. Reciben casas, tierras, exenciones fiscales durante años. Por ejemplo, de pagar en Sagunto 500 sueldos,  pagaban 200. También dedicó Jaime I gran atención a la organización interna de las aljamas concediendo privilegios para nombrar sus autoridades y rabinos, se reguló el reparto de tributos y contribuciones, la administración de justicia, etc.

El 25 de marzo de 1271, el rey Jaime I decreta una aministía fiscal sobre los judíos de Sagunto (entonces llamada Morvedre). Esto se debió a que una de las sinagogas fue destruida y el monarca, en un acto totalmente inaudito, dio permiso a los judíos para que la reconstruyeran. Pero a costa de ellos mismos. El gasto era tal que para poder afrontarlo les eximió de pagar impuestos durante nueve meses. Hoy nos puede parecer, con nuestros sistemas fiscales, poca cosa, pero en la Edad Media esto era no sólo cosa inusitada, sino de importe bastante alto. La Edad Media es todo impuestos.

Pero en 1348 la peste traída por los genoveses en sus barcos  está haciendo estragos por toda Europa y la población saguntina, como las demás,  también la sufre. A menor número de habitantes, por alta tasa de mortandad,  menor productividad, y por tanto miseria y  el consiguiente conflicto político. Los judíos son usados una vez más como chivo expiatorio: la judería de Sagunto -como otras localidades-  fue atacada y saqueada en 1348 por tropas unionistas de la vecina  ciudad de Valencia, no por anti-judaísmo explícito, sino en el marco de las reivindicaciones unionistas al rey aragonés Pedro IV. Sí que es el antisemitismo el origen la masacre de 1391, que afectó a casi todas las juderías de la Península Ibérica. No obstante, los judíos saguntinos tuvieron suerte, pues gracias a la protección del batle y alcaid Bonafonat de Sant Feliu , que  los protegió tras las infranqueables murallas del castillo, salvaron la vida. Pero  los jurados de  la vecina judería de Burriana, por ejemplo,  debieron pagar al rey 13.000 sueldos y 7.000 los de Vila-Real.

Muchas familias decidieron la conversión forzosa. Y eso implicaba también la destrucción de núcleos familiares, pues dentro de una misma familia había quien no abjuraba de su judaísmo.

Es en este momento cuando Benedicto XIII, el Papa Luna, o el antipapa, dispuesto a que todos los judíos sean convertidos al cristianismo, convoca  La Disputa de Tortosa.  

El 5 de mayo de 1415,  el Papa promulga desde Valencia la bula “Etsi doctoris gentium”,  que el rey Fernando I ratificó. Estas disposiciones crearon grandes problemas en Sagunto,  pues cuatro años después de su promulgación – ya difunto Fernando I-  Alfonso el Magnánimo concedió de nuevo los derechos consolidados de los judíos saguntinos , derogando  la bula del Papa Benedicto XIII y la pragmática de su antecesor en el reino, su padre, Fernando I.

A continuación un resumen de las dsiposiciones :

1.-Los libros , parte fundamental de la cultura judía.

Benedicto XIII  ordena confiscar todo texto sobre doctrina judía. El rey restituye los libros y compendios del Talmud, ordenando  se devuelvan a sus propietarios para que puedan estudiarlos y mostrarlos según su voluntad.

2.- Respecto al obrador para encuadernar libros.

La bula exigía segregar a judíos que  fabricaran objetos cristianos y éstos  piden al rey que les fuera restituido el derecho a encuadernar libros de cristianos. Se entiende que la actividad implicaría fabricar el papel, prepararlo, copiar, decorar, coser y encuadernar, es decir, producir y vender.

3.- Respecto a la justicia del Beit Din. 

Benedicto XIII  abolió la jurisprudencia judía. . Los jueces saguntinos  piden tener juristas que se ocupen de los contenciosos entre judíos y tener árbitros de derecho y componedores judíos en los procedimientos entre judíos y cristianos.

4.- Respecto a las profesiones: médicos, corredores, procuradores, cambiadores, arrendadores. 

La bula niega el ejercicio de estos trabajos -o  tener mujeres cristianas como nodrizas o al servicio de judíos, tener relaciones con judíos en los baños o en celebraciones, encenderles el fuego  o cocinar o vender pan ácimo, ni verduras o aceptar la carne kasher. El rey restituye todo.

5.- Respecto a  la judería y negocios  fuera de ella.

Benedicto XIII exhorta a Príncipes y Señores a que fijen en las ciudades y villas los límites donde vivir los judíos. El rey concede el derecho de tener la tienda de sol a sol entre cristianos y el domicilio en los límites de la judería.

6.- Respecto a la libertad de movimientos:  viajar sin mostrar la rodela y llevarla visible por la población.

El Papa establece que los judíos varones muestren la rodela fija en el vestido y partida, en color rojo y amarillo y las mujeres sobre la frente. Los judíos  solicitan  al rey eximirles  de la  rodela por caminos para esquivar peligros. No dice nada de la rodela de las mujeres. El rey concede lo que solicita la aljama y reduce  el uso de la rodela identificativ al lugar de residencia.

7.-Respecto a  tratos y contratos. El Papa prohibe que judíos hagan tratos o contratos con cristianos  si implica que el cristiano paga al judío.  El rey restituye la posibilidad de intercambios comerciales.

8.- Respecto a las heredades.

En la bula se ordena invalidar testamentos judíos que impidan a  los cristianos  la posesión legítima de los bienes del difunto infiel. La demanda judía consiste en poder testar a voluntad: si muere un judío sin testar y sus sucesores son judíos, la herencia se habría de repartir conforme la ley judía. El rey está conforme con esta petición, pero  concreta que el testamento de judío que deja herederos judíos se hará como la ley judía, y en  el testamento u otra disposición de judío que deja sucesores de diferente ley, el cristiano recibirá la mitad de esos bienes y el resto se podrá disponer a voluntad, igual que si muriera un cristiano.

9.-Respecto a la obligatoriedad de oir sermones cristianos en la sinagoga

Medida que data desde el  1419.  La bula ordenba que los judíos debían de asistir a tres sermones públicos a los mayores de 12 años.  La aljama judía de Sagunto solicita no tener que salir de la judería para oirlos -lo cual concede el rey. .

10.- Respecto a contenciosos abiertos contra judíos.

La aljama judía de Morvedre pide que las causas criminales o civiles que supongan la aplicación de la pragmática de Fernando I sean anuladas. El rey acepta la propuesta.

11.- Respecto a los límites de la judería.

La bula papal exigía  se fijaran límites para las viviendas de los judíos y excomulgaba a los cristianos que cedieran sus casas a judíos. Los judíos piden poder comprar y alquilar cualquier albergue  de los límites de la judería:  desde  la carnicería de los judíos hasta arriba el castillo. El rey ratifica la demanda

En 1321, Jaime II  había concedido  a la comunidad judía  el derecho a  amurallar la judería por razones de seguridad .  Todavía se pueden ver restos en el convento de Santa Anna, la alquería de la Sonámbula y en algún pequeño tramo de la judería. Estas murallas se encontraban cerrando el segundo espacio y ocupó la judería limitando con la parroquia de Santa María y la calle del teatro romano.

En el 1419 la aljama solicitó al rey Alfonso V el Magnánimo trasladar el límite este de la judería hasta la muela de la carnicería. Ésta ha sido identificada como el edificio del “Mestre Penya”. Hoy este edificio es el actual museo histórico de Sagunto.