Apunte sobre la institución de la Inquisición en los reinos de los Reyes Católicos.
Antes de implementar en los reinos de Castilla y Aragón el tribunal inquisitorial -dependiente del poder político de la monarquía unida de los Reyes Católicos- se había instaurado, en la Edad Media y en la Península Ibérica, la Inquisición Episcopal, dependiente únicamente del poder religioso. Así, fueron los obispos quienes serían designados por el mismísimo papa de Roma para erradicar la herejía, el más importante delito público. ( Y entendemos por hereje el que se aparta de la ortodoxia pontificia -como los cátaros o albigenses, por ejemplo, pero también los conversos al cristianismo con vidas judaizantes). En 1184, el papa Lucio III extendió la inquisición episcopal a toda la cristiandad occidental, castigando al hereje con el destierro y la confiscación de bienes, pero no – aún- la pena de muerte. En 1231, el papa Gregorio IX creó la Inquisición pontificia, que se superpondría a la inquisición episcopal; no llegó a establecerse en la Corona de Castilla. Pero sí en la Corona de Aragón (1233) -por la venida de conversos expulsos de Francia- y así mismo en el reino de Navarra (1238) y en el de Portugal (1376).
Ahora bien: en la segunda mitad del S XV, Europa experimenta una serie de cambios socio-políticos que marcan el fin de la (Baja) Edad Media y el principio de la (Alta) Edad Moderna. Uno de los más importantes de esos cambios fue que las monarquías se empoderan frente a la nobleza feudal y el clero, hasta el punto de que el papa de Roma pierde poder sobre los reinos. Ahora los que de verdad mandan son los reyes.
En este marco de nueva coyuntura socio-política, también cambian las cosas para los conversos hispanos. En 1461, Alonso de Espina -que según Bentsión Netaniahu no era converso-, plantea al sí converso Alonso de Oropesa, confesor del rey Enrique IV de Castilla, la necesidad de que sobre los herejes se haga inquisición en este reyno según como se hace en Francia. Pero el papa hace caso omiso a esa petición y el rey, ocupado en la Guerra Civil Castellana, no vuelve a insistir. Tras la contienda, en 1474, Enrique El Impotente es sucedido por su hermana, Isabel La Católica.
Isabel I de Castilla, en 1477 dio a garantías a los judíos de Sevilla:
Tomo bajo mi protección a los judíos de las aljamas en general y a cada uno en particular, así como a sus personas y sus bienes; les protejo contra cualquier ataque, sea de la naturaleza que sea…; prohíbo que se les ataque, mate o hiera; prohíbo asimismo que se adopte una actitud pasiva si se les ataca, mata o hiere
…pero a la vez, es consciente de que hay un «problema converso»: el prior de los dominicos de Sevilla, Alonso de Ojeda, en 1475, redacta y envía a los reyes Isabel y Fernando un informe acerca de los conversos sevillanos, que de manera pública, viven como judíos observantes: comen kasher, guardan preceptos, sobre todo Shabat, Kipur y Pesaj, circuncidan a sus hijos y entierran a sus muertos según la Ley de Moisés. Alonso de Ojeda pide actuar en consecuencia contra aquella caterva de herejes disfrazados de católicos. Pero el confesor de la reina, el converso Hernando de Talavera, convence a su majestad para no hacer nada contra los neocristianos de Sevilla. Sin embargo, Fernando El Católico -él mismo descendiente por vía materna de judíos- impone su criterio y se dirige al papa Sixto IV para nombrar inquisidores dentro de los territorios de la Corona castellano-aragonesa.